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Resolución PG N° 181/20 .
Artículo 12: Disponer la habilitación, durante la vigencia de la medida de “aislamiento social,preventivo y obligatorio” dispuesta por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/20, de los siguientes correos electrónicos con el objeto de que los ciudadanos puedan denunciar -indicando su nombre, apellido, DNI, domicilio y número de contacto- la presunta ocurrencia de ilícitos penales -especialmente aquellos no comprendidos expresamente en la aplicación Seguridad Provincia- o requerir asistencia a víctimas de algún delito desde cualquier dispositivo con acceso a internet:
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