(Remuneraciones Fuerzas Armadas – Suplementos remuneratorios establecidos por el decreto 1305/2012)
” (…) procede calificar ese aumento como remunerativo y computarlo en la base para el cálculo de todos aquellos suplementos que, conforme a la reglamentación, se determinen como un porcentaje del “haber mensual”(…).
(…)Se advierte que las retribuciones así previstas no son meramente sumas accesorias o adicionales, sino que representan una parte sustancial de la remuneración, lo que, unido al carácter general con que fueron establecidas, conduce también a reconocerles características similares al concepto”sueldo”(…)”

